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Gastos de compraventa de inmuebles en España.

 

Quizá usted, como potencial propietario de una casa de verano o un apartamento de temporada en España, desee saber con qué gastos hay que contar. Por eso hemos elaborado una lista con los puntos principales.
 
AVISO JURÍDICO IMPORTANTE: El texto que se ofrece en estas páginas está destinado a su uso como instrumento documental. No tiene validez jurídica ninguna.
 
Los gastos de compra.

Los gastos son por cuenta del comprador.
El presupuesto para los gastos de compra es generalmente entre el 8,5 y el 9% de la compraventa oficial (como se estipula en la escritura). Si la vivienda es de segunda mano, hay que pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP), que es un 7% del valor escriturado. Si la vivienda es obra nueva, hay que pagar IVA; (el 7% del valor de la vivienda) y el impuesto de actos jurídicos documentados. En Cataluña este impuesto varía entre un 0,5% y un 1% en función del precio de la vivienda.
También tiene que contar con los gastos del notario y del registro; las tarifas están reguladas oficialmente y dependen del valor de la casa, pero generalmente ascienden a un 1,5%.
El ITP se paga cuando se compra un inmueble a una persona privada y es de un 7% del valor (oficial) de la vivienda.
El IVA se paga cuando se compra un inmueble de un promotor inmobiliario, un contratista de obras u otra empresa o persona que es comerciante profesional de inmuebles. El porcentaje depende del tipo de la compraventa.
  • Si compra un terreno sin edificación, debe pagar un 18% de IVA sobre el precio de compraventa;
  • Si compra una parcela urbana y, a continuación, el vendedor construye en ella una casa para usted, debe pagar un 7% de IVA sobre el conjunto;
  • Si compra sólo la parcela (sin compromiso para construir una casa en ella), debe pagar un 18% de IVA, aunque vaya a construir después una casa en ella. Deberá pagar un 7% de IVA sobre la obra nueva.
  • Si compra una vivienda acabada, sea nueva o de segunda mano, pagará un 7 % de IVA;
  • Hay que pagar un 18% de IVA sobre reformas pequeñas (de menos de un 25% del valor catastral);
  • Sobre reformas grandes (de más de un 25% del valor catastral) se paga un 7% de IVA.
Gastos adicionales en caso de obra nueva.

Si compra una casa aún por construir, debe tener en cuenta que al precio de la vivienda le tendrá que sumar otros gastos:
  • Los gastos de arquitecto y aparejador. Hay que contar con un 10%, aproximadamente, de los costes para la construcción.
  • El precio de contratación de la obra, es decir, los costes reales para la construcción y todo lo que sea incluido en ellos según quede acordado entre usted y el contratista.
  • Los gastos de licencia urbanística o de impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. Se carga, aproximadamente, un 2,5% sobre el valor declarado de su futura vivienda (dicho valor será fijado por el arquitecto). El porcentaje puede variar de un municipio a otro.
  • Los gastos a la entrega de la vivienda. Si la vivienda a entregar es obra nueva, hay que otorgar la escritura pública de declaración de obra nueva que es inscrita en el registro de la propiedad. El impuesto correspondiente es de un 0,5% sobre el valor catastral de la obra nueva entregada.
Gastos anuales.

Recuerde que ahora es propietario y que a parte de los gastos de la compraventa debe contar con los gastos fijos que le corresponden:
  • Una vez al año le llegará el IBI (impuesto de bienes inmuebles). La cantidad depende del valor catastral de su vivienda y del tipo impositivo que haya que pagar a cada ayuntamiento.
  • El ayuntamiento también cobra tasas para el desagüe, el alcantarillado y las basuras, etc. Estos impuestos, generalmente, no sobrepasan unos cientos de euros anuales. 
  • La comunidad de propietarios. Si compra una vivienda o un apartamento en un complejo común, usted se convertirá automáticamente en miembro de la comunidad de propietarios. El importe anual para cada miembro se calcula según la cuota de su parcela o las dimensiones de su casa o apartamento. Generalmente son gastos relativos al mantenimiento de las zonas verdes comunes, el seguro de lo edificado, la responsabilidad civil, el eventual mantenimiento de la piscina, de los ascensores, y gastos administrativos.
  • Finalmente debe tener en cuenta los gastos de seguro del edificio y del seguro combinado para mobiliarios particulares, los gastos para agua, gas o gasóleo y electricidad, y, tal vez, la televisión vía satélite, así como los gastos por la gestión de su vivienda durante su ausencia y, eventualmente, el mantenimiento de la piscina y del jardín.